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Medidas sobre la vivienda familiar y el ajuar doméstico

Medidas sobre la vivienda familiar y el ajuar doméstico
Para determinar quién se quedará en la casa familiar tras el divorcio, se estará a lo acordado entre los progenitores y, a falta de acuerdo, hará uso de la vivienda y el ajuar doméstico quien tenga atribuida la custodia de los hijos, aunque no sea titular. En todo caso se requiere el consentimiento de ambas partes o bien autorización judicial para disponer de ella.

Cuando hay hijos menores la custodia suele ser para la madre, al igual que el uso de la vivienda familiar (aunque el padre sea el dueño), y hasta que los hijos sean independientes económicamente. Para sustituir o confirmar las medidas provisionales adoptadas sobre la vivienda y el ajuar familiares el juez adoptará las medidas definitivas pertinentes.

Cuando los hijos comunes de los cónyuges quedan repartidos en cuanto a su guarda y cuidado entre sus dos progenitores, se confía al juez la decisión que considere más conveniente sobre el uso de la vivienda familiar y su dotación mobiliaria.

En el caso de que no existan hijos del matrimonio menores o incapacitados sujetos a la patria potestad, el juez podrá conceder el uso de la vivienda familiar y del ajuar de la misma al cónyuge que no sea titular de dichos bienes, atendida su situación y las circunstancias del caso.

Incumplimiento de resoluciones judiciales

Incumplimiento de resoluciones judiciales
Las resoluciones judiciales lógicamente deben cumplirse ya se trate de un divorcio, de la custodia de los hijos, de cumplir el régimen de visitas…

Si no se están cumpliendo por cualquier motivo puede acudir a nosotros le indicaremos cómo proceder para tomar medidas en el asunto.

Nuestros abogados le informarán en cada paso y en todo momento, ofreciéndole una atención personalizada.

Contacte con nuestro equipo en Granada y quedará satisfecho con nuestros servicios.

Modificación de medidas

Modificación de medidas
Tras un proceso de divorcio o separación tendrán que tomarse una serie de decisiones cómo la custodia de los hijos, la pensión de alimentos, la pensión compensatoria… todas ellas se recogerán en el convenio regulador.

Estas medidas pueden modificarse ya que la situación de los cónyuges puede cambiar tanto en lo laboral, si cambian su residencia a otra ciudad y otras circunstancias.

Esta modificación en los documentos y en las medidas se hará ante un juez y ambos miembros de la pareja estarán de acuerdo.

Confíe en nosotros y le asesoraremos lo mejor posible, estamos en Granada.

Pacto de relaciones familiares o convivencia

Pacto de relaciones familiares o convivencia
Tenemos una dilatada experiencia en relaciones familiares y también en las patrimoniales.

Si se encuentra inmerso en un proceso de divorcio podemos darle toda la información que necesite en lo referente a la guarda y custodia de los hijos, al régimen de visitas y a cómo tratar con ellos a partir de ahora tanto si es el padre custodiado como el que no.

Si vive en pareja pero no van a casarse le recomendamos redactar un pacto de convivencia sobre todo para regular la relación con los hijos en caso de que la pareja decida separarse.

Recuerde que nuestros abogados se encuentran a su disposición para resolver y ayudarle con todas estas cuestiones.

Trabajamos en Granada y alrededores, llámenos o bien contacte con nosotros a través de nuestra página web.

Pensión de alimentos

Pensión de alimentos
Tras un divorcio uno de los miembros se quedará con la custodia del o de los hijos, pero el otro miembro seguirá teniendo determinadas obligaciones sobre el progenitor como pasarle una pensión de alimentos.

Con esto a los hijos no les faltará de nada y ya no solo en lo referente a la alimentación sino también en otros gastos de educación y otras necesidades.

Para establecer la cantidad de esta pensión se tendrán en cuenta diversos aspectos como el nivel económico de ambos padres, las necesidades y edad del hijo…

En Abogados podemos ayudarle en estas cuestiones, resolverle dudas e intervenir también en caso de que no se cumpliera la pensión. Recuerde que trabajamos en Granada y somos profesionales del sector.

Guarda y custodia de los hijos

Guarda y custodia de los hijos
Como especialistas en Derecho de Familia tenemos experiencia en un asunto tan delicado como el de la guarda y custodia de los hijos tras una separación o divorcio.

La guarda y custodia es más sencilla en los divorcios de mutuo acuerdo, en cambio en los contenciosos es motivo de disputas y conflictos y en ese caso será el juez el que tomará la decisión final.

Confíe en nuestros abogados y le ayudaremos con estos asuntos, estamos en Granada, somos profesionales y serios.

Convenio regulador

Convenio regulador
El convenio regulador es un documento que va junto a todo proceso de divorcio y en el que se indicarán las medidas que se seguirán tras la disolución de la pareja.

En él se abordarán temas como la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas, la pensión compensatoria, el reparto de los bienes comunes…

Dicho convenio se presentará ante un juez y los dos miembros de la pareja lo ratificarán. En caso de que la situación cambiara las o alguna de las medidas del convenio pueden modificarse si se considera oportuno.

En Abogados estamos para ayudarle, somos de confianza y estamos en Granada, llámenos y le daremos más información sin compromiso, además nuestra primera visita es gratuita.

Divorcio de mutuo acuerdo

Divorcio de mutuo acuerdo
Si tanto usted como su pareja han decidido divorciarse y existe consenso tanto en esa decisión como en las de la custodia, el reparto de bienes y otros asuntos a tener en cuenta, será un divorcio de mutuo acuerdo, que es el más rápido en los trámites.

En Abogados podemos encargarnos de este tipo de divorcio, indicándole los pasos que debe seguir a la hora de redactar el convenio regulador y tomar ciertas decisiones.

Nuestros abogados le ayudarán durante todo el proceso. Si desea más información sobre este tipo de divorcio o nuestras tarifas y forma de trabajar, le esperamos en Granada.

EL DERECHO DE FAMILIA

Las funciones estratégicas de la familia son las que justifican su consideración como grupo de interés social primario o radical. Justifican la especial atención que la sociedad les dedica, que se traduce en la existencia de una específica regulación que reviste un acusado carácter protector y que a partir de un determinado nivel de desarrollo cultural tiene naturaleza explícitamente jurídica, dando lugar al Derecho de Familia. En este sentido, podría decirse que la familia deriva de la propia naturaleza humana, siendo la finalidad del Derecho de Familia, permitir que la familia cumpla sus funciones sociales del mejor modo posible.

Sin embargo, para quienes la familia es una realidad de la naturaleza esencialmente cambiante, en función de la historia y la cultura, es más bien el Derecho de Familia el que define, para cada momento y lugar, qué se debe entender por familia.

Tanto en un caso como en otro, el Derecho de Familia puede ser definido, descriptivamente como el conjunto de normas que regulan las relaciones básicas de familia, que no son otras que: el matrimonio, las relaciones paterno-filiales, las relaciones derivadas de la tutela y otras instituciones de guarda de menores o incapacitados, y las relaciones de parentesco.


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