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Sujetos, contenido y límites de las capitulaciones matrimoniales

Sujetos, contenido y límites de las capitulaciones matrimoniales
Las capitulaciones matrimoniales pueden ser otorgadas, en primer lugar, por los cónyuges, o los futuros cónyuges, que son los sujetos esenciales o necesarios de las mismas. No obstante, cabe también que intervengan en su otorgamiento otras personas, en algunos casos para complementar la capacidad del cónyuge, pero otras veces para hacer atribuciones en favor de uno de los contrayentes, o para conceder derechos en su favor.

En cuanto a la capacidad de los otorgantes principales, es habitual acudir al aforismo habilis ad nuptias habilis ad pacta nuptiala: quien puede casarse, puede otorgar capitulaciones matrimoniales. La regla se encuentra matizada en nuestro Código Civil, según el cual pueden capitular tanto menores como incapacitados, pero no libremente, sino con la asistencia de otras personas, pudiendo otorgar capitulaciones por sí mismos, pero no por sí solos.

Por otra parte, es importante señalar que las capitulaciones matrimoniales permiten a los cónyuges estipular, así como también modificar o sustituir, cualquier régimen económico para su matrimonio, sin otras limitaciones que las establecidas en el propio Código Civil. Tales limitaciones se refieren fundamentalmente a las reglas imperativas en materia de régimen económico matrimonial.

¿Todavía no tiene claro cuáles son los sujetos de las capitulaciones matrimoniales? ¿Quizá quiere ahondar sobre las limitaciones a las mismas? ¿Quiere modificar o sustituir su régimen económico? No lo dude, pásese por nuestro despacho en Granada y le atenderemos gustosamente.

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