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La separación de bienes: las deudas de los cónyuges y la extinción del régimen

Cada cónyuge responde de sus propias deudas y no responde de las contraídas por el otro, salvo si ambos se hubieran obligado solidaria, mancomunada o subsidiariamente conforme a las reglas del Derecho de obligaciones.

Sin embargo, frente a los acreedores, de las deudas contraídas por un cónyuge para atender las necesidades ordinarias de la familia, responden sus bienes y, subsidiariamente, los del otro cónyuge, sin perjuicio del derecho de cada cónyuge a exigir al otro la aportación que le corresponda en función de su obligación de contribuir al levantamiento de las cargas del matrimonio, que comprende también los gastos ordinarios incluidos en la potestad doméstica. Pero de una obligación contraída para levantar las cargas del matrimonio que exceda de la potestad doméstica responde exclusivamente el cónyuge deudor, sin que su acreedor pueda agredir el patrimonio del otro, sin perjuicio igualmente del reembolso que proceda entre los cónyuges.

En cuanto a la disolución del régimen de separación de bienes, además de por la disolución, valga la redundancia, del matrimonio, el régimen de separación se extingue por pactar los cónyuges otro en capitulaciones matrimoniales.

Del artículo 1.443 del Código Civil se desprende la hipótesis de que el régimen de separación de bienes puede ser consecuencia de la conclusión por decisión judicial de la sociedad de gananciales o del régimen de participación, en cuyo caso el hecho de que estas desaparezcan, no afecta a la subsistencia del régimen de separación.

Por su parte, en caso de que nos encontremos ante una separación judicial de los cónyuges, con su reconciliación, quedan sin efecto las medidas que el juez hubiese acordado, y pasa a regir plenamente entre ellos el régimen de separación de bienes.

¿Es su régimen económico matrimonial el de separación de bienes? ¿Todavía no tiene claro quién debe responder de las deudas? ¿Quizá quiere dar el paso de disolver dicho régimen? No se lo piense más y pásese por nuestro despacho en Granada, le informaremos de todo de manera detallada y buscaremos juntos la mejor solución.

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