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Las titularidades separadas

Las titularidades separadas
En el régimen de separación de bienes, son de cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo, y los que después adquiera por su propia cuenta.

¿Cómo se atribuyen los bienes adquiridos durante el matrimonio cuando se produce el divorcio? No siempre es fácil determinar la pertenencia privativa de cada bien. Se debe tener en cuenta quién ha sido parte en el negocio jurídico, acto o hecho que constituye el título de adquisición. ¿Y si para obtener los bienes se han empleado fondos del otro cónyuge? En estos casos, existirá una obligación de reembolso y reintegro entre los patrimonios de ambos.

Generalmente, cuando no es posible acreditar la pertenencia de cada bien, se decide que corresponde a ambos por mitad. Para evitar injusticias injustificadas, le recomendamos que contacte con nuestro despacho de Granada y exponga su caso a nuestros abogados, ellos conocen la ley y pueden ayudar a disolver las dudas.

Estamos a su completa disposición para resolver cualquier duda y tramitar su divorcio, desde el convenio regulador, los efectos provisionales y las medidas definitivas, hasta la disolución del régimen económico matrimonial, pasando por la comparecencia ante el Juez. Nuestro despacho es avalado por años de experiencia litigando en Derecho de familia, y afrontaremos su caso con la mayor profesionalidad.

¿Qué ocurre con los bienes al divorciarse?

¿Qué ocurre con los bienes al divorciarse?
Si quiere poner fin a su matrimonio, es una pregunta habitual el devenir de los bienes comunes. Al divorciarse, se rompe el vínculo matrimonial y por tanto el régimen económico. En estos casos, es muy importante ponerse en manos de buenos abogados para que se vean respetados nuestros derechos lo máximo posible.

En primer lugar, la disolución del régimen económico matrimonial puede aplicarse para todos los regímenes: el régimen de gananciales, que es el que más propiamente se disuelve y liquida; el régimen de participación, que se extingue como consecuencia del divorcio o separación; y el régimen económico de separación de bienes, que desaparece cuando se disuelve el vínculo.

Al desaparecer el régimen, entra en vigor todo lo acordado por los cónyuges en el Convenio regulador. Para redactar este Convenio, también es importante contar con un abogado, puesto que conoce la legislación, los términos y trámites a seguir para hacerlo correctamente. Si no hemos firmado este Convenio, será el Juez quien determine las consecuencias de la extinción del régimen económico matrimonial: deberes respecto a los hijos, pensión compensatoria por desequilibrio, etc.

Si necesita asesoramiento, le sugerimos que visite nuestro despacho en Granada, donde nuestros abogados especialistas en Derecho de Familia le ofrecerán soluciones claras y sencillas para disolver su matrimonio.

El divorcio express

De acuerdo con la ley, el matrimonio puede disolverse por la muerte o declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges, o bien el divorcio. En este último caso, podrá ser de dos tipos: contencioso o express.

Por medio de una demanda judicial, uno de los cónyuges puede solicitar divorcio al otro. Esta opción es la adecuada cuando una de las partes no quiere consentir el divorcio. Pero a veces, ambos cónyuges están de acuerdo en todas las partes, y deciden saltarse pasos para acelerar el proceso.

El divorcio express plantea entonces muchas ventajas. Bastará con que el último domicilio de los cónyuges esté en España y hayan pasado tres meses desde el matrimonio (salvo casos excepcionales de riesgo para la vida, integridad física o moral, etc.)

La pareja se dirigirá entonces al abogado, para que éste redacte el Convenio Regulador, atendiendo a las peticiones de ambos. En él, figurarán todas las medidas sobre la liquidación del régimen económico matrimonial, la vivienda familiar, la pensión compensatoria, y otras cargas del matrimonio, así como los cuidados de los hijos, el ejercicio de la patria potestad, y el régimen de visitas. Firmado esto, presentará la demanda ante el Juzgado.

Tras comparecer ante el Juez, y que éste compruebe que el Convenio da un trato idóneo y equilibrado para todas las partes, se dictará la sentencia definitiva en el plazo de dos o tres meses.

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