Salvo que nos encontremos en un divorcio de mutuo acuerdo es un trámite que solo se puede hacer con posterioridad.
Para su realización primero hay que hacer un inventario, siendo necesario aportar documentos que acrediten lo siguiente:
- Escrituras de propiedad sobre inmuebles.
- Cartillas, cuentas corrientes y activos financieros.
- Vehículos y ajuar doméstico.
- Préstamos hipotecarios o cargas de los bienes a repartir.
- Préstamos o deudas generadas durante el matrimonio.
En la mayoría de los casos el elemento que tiene un mayor valor en el activo suele ser a su vez el que tiene una mayor carga, pues la casa por lo general suele estar gravada con una hipoteca.
Para proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales, se deben hacer dos lotes equivalentes, es decir, que lo adjudicado a cada excónyuge tenga el mismo valor (activo menos pasivo), pues si fuesen de distinto valor la Agencia Tributaria podría considerar que se están produciendo lo que se llama como excesos de adjudicación y proceder a liquidar el impuesto correspondiente, al considerar que las partes están realizando una donación.
Para evitar desavenencias, confíe en nuestro despacho de abogados en Granada, le ayudaremos.